Capitulaciones Matrimoniales

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Según la Real Academia de la Lengua (RAE), las capitulaciones matrimoniales son “pactos que se hacen entre los esposos, antes o durante el matrimonio, que ordenan el régimen económico matrimonial y, eventualmente, establecen también convenios sucesorios.”

Por ello, las capitulaciones matrimoniales es un documento – tipo contrato – en el que se establece la relación económica que tendrá lugar durante el matrimonio, es decir, conocido como el «régimen económico matrimonial”.  También se establecen otros aspectos relacionados durante el matrimonio como son las normas de convivencia.

Clases de capitulaciones matrimoniales

En España se diferencian tres clases de capitulaciones o regímenes matrimoniales, dentro del Código Civil, de los cuales el matrimonio tiene derecho a elegir:

  • Régimen de bienes gananciales:

En este tipo de capitulaciones se incluyen las ganancias obtenidas por los cónyuges desde el matrimonio, las cuales son propiedad común. Por tanto, aquellos bienes que provienen de antes de la unión no se incluyen; ni las herencias ni las donaciones. En caso de no realizarse capitulaciones, se aplica este régimen de gananciales.

  • Régimen de separación:

Cuando los cónyuges tienen independencia económica total. Para ello, sí tienen que otorgar capitulaciones obligatoriamente. En este caso, para la gestión de la vivienda familiar es necesario el concurso de las dos partes.

  • Régimen de participación:

Este tipo de capitulaciones es como el de separación de bienes, la diferencia de que si separan, la pareja comparte el incremento y la mengua del patrimonio.

Es importante saber que las capitulaciones matrimoniales se pueden modificar en cualquier momento y el número de veces que se desee. Para ello se debe acudir a la notaría y abonar el coste de la escritura.

En general, es infrecuente que se desarrolle más de una vez.

Ventajas de realizar capitulaciones matrimoniales

Son varias las ventajas que tiene la elección de un régimen económico matrimonial. Algunas de ellas son:

  • Libertad de disponer de los propios bienes, sin la obligación de pedir permiso de ello al otro cónyuge.
  • No se compartirán herencias familiares ni donaciones.
  • Si existen deudas por parte de alguno de los cónyuges, el otro no tendrá que hacerse cargo de ello ni afectará al patrimonio familiar.
  • Si tiene lugar una separación o divorcio, la división del patrimonio será más sencilla.

¿Cuándo se hacen las capitulaciones matrimoniales?

Según el Código Civil, las capitulaciones matrimoniales se podrán otorgar antes o después de celebrado el matrimonio.

Si se decide otorgar antes del matrimonio, el acto matrimonial no debe de retrasarse más de un año desde la firma de dicha escritura pública. Y el régimen económico, es decir, las capitulaciones matrimoniales seleccionadas entrarán en vigor en el momento en el que se contraiga matrimonio.

Para efectuar las capitulaciones, los dos cónyuges tienen que estar de acuerdo y acudir a un notario para que les asesore, redacte y autorice la escritura pública para inscribirlo en el Registro Civil.

¿Qué más se puede acordar en las capitulaciones matrimoniales?

Como mencionamos anteriormente, en las capitulaciones matrimoniales además de acordar la relación económica del matrimonio, también se pueden tratar cuestiones relacionadas con:

  • La forma de vida de los cónyuges
  • El modo en el que los cónyuges afrontan una ruptura matrimonial.
  • Etc.

Hasta aquí todo lo que necesitas o necesitáis saber sobre capitulaciones matrimoniales. Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para conocerlo y saber qué hacer.

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